Resumen: Declarar la competencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
Resumen: Declarar la competencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
Resumen: No cabe apreciar en el supuesto aquí planteado la concurrencia de la cesión ilegal pretendida por la demandante por el mero hecho de prestar servicios en un centro educativo titularidad de la Consejería demandada, cuando ello tiene lugar en base a una lícita fórmula de descentralización productiva y es la empleadora de la misma, esto es, la entidad sucesivamente adjudicataria del servicio, la que en todo momento ejerce las funciones propias de empresario, aun amoldadas a las particularidades del servicio prestado e instrucciones generales emanadas de la entidad receptora del mismo.En el presente caso la prestación de servicios de la trabajadora se había vinculado a el cumplimiento de un contrato administrativo que su empresa había formalizado con la Junta de Andalucía. Dicha contrata se desarrollaba en los términos que han quedado establecidos, como hechos probados, en el relato histórico de la sentencia de instancia. Destaca el hecho de que los trabajadores de la contratista y, en concreto, la demandante en este asunto, prestaba servicios como auxiliar técnico educativo realizando funciones exclusivamente relacionadas con el objeto de su prestación de servicios como monitora de educación especial, en el marco de una contrata administrativa en la que, la Junta de Andalucía, a través de la Agencia Pública andaluza de educación, había subcontratado la atención de los alumnos con necesidades especiales con diferentes empresas contratistas.
Resumen: Trabajadora en excedencia voluntaria por cinco años, que estando en dicha situación ve extinguido el contrato de trabajo indefinido formalizado con otra empresa por no superación del periodo de prueba habiendo transcurrido tres meses desde su incorporación a la plantilla, impugna la resolución administrativa denegatoria de la prestación de desempleo solicitada tras dicha extinción contractual. La instancia estima la demanda. La Sala de lo Social rechaza varias revisiones fácticas por intrascendentes, y confirma la decisión del Juzgado, razonando al efecto que, la trabajadora se encuentra en situación legal de desempleo, ya que ha visto extinguida la relación laboral por decisión unilateral de la segunda empleadora, y en la primera empresa el vínculo laboral está suspendido sin que haya transcurrido el plazo para poder solicitar el reingreso.